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Legislación de BLH y Lactancia Materna en Colombia

 

1) Década de los 60´- Se realizan los primeros programas de alimentación y nutrición en las instituciones públicas - Inicio de un proceso de capacitación a grupos de madres y al personal de salud en lactancia materna y alimentación complementaria

 

2) Año 1970 - Plan Nacional de Alimentación y Nutrición (PAN) - El gobierno nacional lanza el primer plan con la participación del sector público y privado. Se realiza en este marco la primera campaña nacional a favor de la lactancia materna. 

 

3) Año 1980 - El Ministerio de Salud expidió: Resolución Nº 5532 y Decreto 1220. La 5532 establece como norma nacional para el fomento de la lactancia materna en las instituciones donde se prestan los servicios de atención prenatal, parto, puerperio y del recién nacido. Ratificar el compromiso internacional al cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CIC). 

 

4) Año 1985 - Plan Nacional para la Supervivencia y el Desarrollo de la Infancia “SUPERVIVIR” - Elaborado y liderado por los Ministerios de Salud y Educación y los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales: con el propósito de realizar acciones de educación en salud dirigidas a la prevención, en los que se incluye el tema de la lactancia materna con la participación de los equipos de salud, líderes comunitarios y vigías de la salud.

 

5) Año 1991 -1994 - Plan Nacional de apoyo a la lactancia materna - Por primera vez el Gobierno Nacional fija una política en favor de la lactancia materna a través de un plan específico que permitirá el desarrollo de las iniciativas regionales, con el propósito de contribuir a la reducción de la morbimortalidad infantil por causas evitables. 

 

6) Año 1992 - El Ministerio de Salud expidió:
Decreto 1396: por la cual se crea el Consejo Nacional de Apoyo a la Lactancia Materna
Decreto 1397: reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula y complementarios para lactantes y deroga el 1220/80
Resolución 7353: establece la promoción de la lactancia materna en las instituciones de salud a través del cumplimiento de los 10 pasos hacia una feliz lactancia natural de OMS/UNICEF – IHAN (Iniciativa Hospitales Amigos de los Niños).


7) Año 1993 - Ley 100 - El Sistema General de Seguridad Social en Salud. La promoción y la prevención constituyen el eje del Plan de Beneficios, donde la promoción delos factores protectores de la salud y la vigilancia y control de los factores de riesgo cobran relevancia. En el artículo 162 se crea el Plan Obligatorio de Salud, el artículo 165 se define el Plan de Atención Básica - PAB - como complemento a las acciones del POS, de los demás planes de atención y del saneamiento ambiental, el artículo 166 se da prioridad a la atención materno infantil y a la lactancia materna.

 

8) Año 1996 - Resolución 3997 - Define el Plan Obligatorio de Salud - POS - relacionado con las acciones de promoción y prevención de obligatorio cumplimiento por parte de las EPS, ARS y las IPS, en el artículos 5.1, 6 y 6.1 define las acciones de promoción y prevención para los menores de un (1) año, la educación a la madre y al cuidador sobre hábitos posturales, higiénicos y alimentarios, y de las funciones vitales (succión, deglución, respiración) todas ellas básicas en la práctica de la lactancia materna; la vigilancia del crecimiento y desarrollo y la prevención de la enfermedad incluyendo inmunizaciones. 

 

9) Año 1998 - Plan Decenal para la Promoción , Protección y Apoyo a la Lactancia Materna 1998 – 2008 - El gobierno nacional establece un plan intersectorial e interinstitucional con el objetivo general es lograr que las niñas y niños colombianos reciban lactancia materna exclusiva hasta los seis (6) meses de edad y continúen siendo amamantados hasta los dos (2) años simultáneamente con la alimentación complementaria adecuada.

 

Fuente: CONSA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.